La reforma electoral en Salta quedó formalmente activa este miércoles 13 de mayo de 2026, después de la promulgación de la Ley 8535, conocida como “Ley de Participación Democrática”. La norma incorpora cambios en la conformación de alianzas, la presentación de listas internas, el sistema de boleta electrónica, el escrutinio definitivo y el alcance de Ficha Limpia. La medida fue oficializada mediante el Decreto 281 y modifica artículos de las leyes provinciales 8463 y 8010, vinculadas al régimen electoral y al voto electrónico en la provincia.
Con esta decisión, el esquema electoral salteño suma nuevas reglas para partidos, frentes y candidaturas. Además, la ley redefine condiciones para competir por la Gobernación y fija ajustes concretos en la forma en que aparecerán las opciones en la pantalla al momento de votar. También determina que, aunque siga el sistema electrónico para emitir el sufragio, el recuento definitivo será manual.
La reforma electoral redefine cómo podrán armarse los frentes y las listas
Uno de los puntos centrales de la nueva norma pasa por la integración de frentes y alianzas. A partir de ahora, los partidos políticos podrán formar frentes transitorios y también incorporar agrupaciones municipales. Sin embargo, esos espacios deberán estar integrados por al menos dos partidos políticos.
La ley además fija un plazo concreto para completar ese trámite. Las alianzas deberán inscribirse ante el Tribunal Electoral hasta 70 días antes de la elección. De esa manera, el nuevo texto establece una condición formal para la participación de esos espacios dentro del proceso electoral.
En cuanto a las candidaturas, también aparecen límites definidos. Los frentes electorales podrán oficializar hasta cuatro listas internas por categoría. En cambio, los partidos que decidan presentarse por fuera de una alianza tendrán un tope de dos listas para cargos departamentales y municipales.
Otro cambio alcanza directamente a la competencia por la Gobernación. La ley suma un requisito específico para las fuerzas políticas que quieran disputar ese cargo: deberán presentar candidatos en al menos 15 departamentos de la provincia.
Los cambios en la boleta electrónica y el escrutinio modifican una parte clave del sistema
La Ley 8535 también introduce ajustes sobre el funcionamiento de la boleta electrónica. Entre ellos, dispone una mayor presencia visual de las imágenes de los candidatos. A la vez, establece que la ubicación de las listas en pantalla será aleatoria y rotativa.
Además, la normativa habilita el uso exclusivo de colores identificatorios y símbolos partidarios. Ese punto apunta a reforzar la identificación de cada fuerza política durante el momento de la votación, dentro del esquema de voto electrónico que sigue vigente en la provincia.
En paralelo, el texto incorpora una modificación importante en el recuento. Aunque el sufragio continúe emitiéndose mediante el sistema electrónico, el escrutinio definitivo de los votos será manual. Para eso, el Tribunal Electoral deberá abrir todas las urnas y revisar una por una las boletas impresas.
Ficha Limpia amplía su alcance y también se precisan votos nulos y observados
La reforma no se limita a las alianzas ni al mecanismo de votación. También precisa en qué casos los votos deberán considerarse nulos u observados. Según el texto legal, esa definición busca evitar interpretaciones ambiguas durante el conteo definitivo.
Por otra parte, se amplía el alcance del régimen conocido como Ficha Limpia. La obligación abarcará a funcionarios del Poder Ejecutivo, jueces, fiscales, legisladores, intendentes, concejales, autoridades de organismos públicos y todos los candidatos a cargos electivos provinciales y municipales.
La promulgación fue realizada por el gobernador Gustavo Sáenz a través del Decreto 281. Con la entrada en vigencia de la Ley 8535, Salta modificó una parte central de su sistema electoral provincial mediante una norma que regula alianzas, candidaturas, modalidad de votación, escrutinio definitivo y requisitos de acceso a cargos públicos.

