El expediente de minería Cobre Dos Central comprende 933 hectáreas del departamento Molinos y se superpone con tierras de las fincas Gualfín, Pucarilla y Compuel. La manifestación de descubrimiento fue promovida por Humboldt Minerals Ltd. y entró en una etapa de publicidad legal luego de un edicto difundido por el Juzgado de Minas de Salta. El trámite habilita un período de 60 días para que propietarios, superficiarios y comunidades vinculadas con el área presenten oposiciones si consideran afectados sus derechos.
933 hectáreas de molinos dentro del expediente
La documentación oficial indica que Cobre Dos Central se localiza en una parte del Valle Calchaquí donde conviven fincas privadas, actividades rurales y espacios de uso tradicional. Por su dimensión y ubicación, el procedimiento quedó bajo observación de propietarios y comunidades que habitan, producen o ejercen derechos sobre ese territorio.
Humboldt Minerals Ltd. presentó la manifestación de descubrimiento con información sobre cobre, molibdeno, plomo, zinc, plata, oro y litio. La firma incorporó las coordenadas del área reclamada y otros elementos técnicos exigidos para este tipo de denuncia ante la autoridad minera.
El pedido no se encuentra en una etapa de explotación. Por ahora, atraviesa una instancia administrativa y de notificación legal, que permite comunicar formalmente la existencia del reclamo sobre el subsuelo y continuar el recorrido del expediente hacia una eventual concesión minera.
Las tierras alcanzadas y el plazo para formular oposiciones
La difusión del edicto notifica a quienes poseen derechos sobre la superficie incluida en el área denunciada. Esto abarca tanto a titulares de las fincas como a comunidades que residen en la zona o utilizan tradicionalmente ese territorio del departamento Molinos.
Los superficiarios cuentan con un plazo habitual de 60 días para presentar objeciones ante el Juzgado de Minas. En esa instancia pueden plantear cuestiones vinculadas con el territorio, la tierra y otros bienes o intereses que pudieran verse involucrados si el proyecto avanzara en el futuro.
Qué diferencia hay entre una concesión minera y la propiedad de las fincas
Una eventual concesión se refiere a un título sobre la propiedad minera del subsuelo. Ese derecho es distinto de la propiedad de la superficie, por lo cual el avance de Cobre Dos Central no implica de manera automática que la empresa pase a ser propietaria de los campos, fincas o territorios comprendidos en el expediente.
La distinción toma relevancia porque el área minera se cruza con Gualfín, Pucarilla y Compuel. El procedimiento no modifica por sí mismo la titularidad de esas tierras, aunque quienes tienen derechos o intereses sobre la superficie deben considerar los mecanismos y plazos previstos por la legislación minera.
La publicación oficial incorporó el pedido a una instancia formal de la estructura minera provincial. Mientras continúa el análisis administrativo de una posible concesión, los próximos 60 días quedan establecidos para que superficiarios y comunidades que consideren comprometidos sus derechos presenten sus planteos ante el Juzgado de Minas.


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