El Enacom dispuso que las empresas de telefonía móvil deberán aplicar el bloqueo de celulares, tarjetas SIM y líneas telefónicas detectadas dentro de cárceles provinciales que adhieran al protocolo nacional. La medida se activará únicamente ante un pedido expreso del Ministerio de Seguridad de la Nación y alcanzará a los equipos ubicados en sectores de alojamiento, detención y áreas de acceso restringido.
La Resolución 734/2026 amplió un mecanismo que ya se utilizaba en unidades del sistema penitenciario federal. Ahora, las provincias podrán incorporar sus establecimientos al esquema, aunque deberán sumarse formalmente al protocolo y canalizar toda la información por medio de Nación, sin contacto directo con las compañías telefónicas.
El bloqueo de celulares dependerá de un pedido nacional
La norma publicada por el Enacom establece que la adhesión al protocolo es un requisito para que las cárceles administradas por cada provincia queden comprendidas en este procedimiento. Sin esa incorporación, los penales provinciales no podrán utilizar el esquema de inhabilitación previsto en la resolución.
Además, las jurisdicciones no estarán habilitadas para enviar requerimientos de manera directa a las empresas de comunicaciones. Aunque una provincia haya adherido al protocolo nacional, deberá remitir la información al Ministerio de Seguridad de la Nación, que será el organismo encargado de comunicarse con las prestadoras.
De esta manera, cada bloqueo requerirá una solicitud específica del área nacional. La resolución aclara que las compañías no podrán inhabilitar dispositivos por decisión propia, ya que la intervención quedará sujeta al requerimiento formal que reciba cada empresa.
Qué datos deberán inhabilitar las empresas telefónicas
Cuando se detecte un aparato dentro de un establecimiento alcanzado, las empresas móviles tendrán que bloquear tres identificadores. El primero es el IMEI, que identifica al equipo; el segundo es el IMSI, vinculado a la tarjeta SIM; y el tercero es la línea telefónica asociada al dispositivo.
La disposición contempla teléfonos que se activen tanto en pabellones y lugares de detención como en espacios con acceso restringido al público dentro de los penales. El alcance será sobre cada dispositivo informado en el pedido que tramite el Ministerio de Seguridad de la Nación.
Enacom pidió que el bloqueo no alcance a vecinos ni comercios
El organismo también fijó una condición técnica para las prestadoras: los recursos utilizados para la inhabilitación deberán configurarse de forma que no afecten las comunicaciones fuera del perímetro de cada cárcel. La medida busca que la restricción no incluya a usuarios, comercios o vecinos que estén fuera de los establecimientos penitenciarios.
Las compañías deberán llevar un registro de todas las operaciones realizadas y conservar los datos relacionados con cada bloqueo. Según la publicación del Boletín Oficial, esa información tendrá que mantenerse bajo criterios de integridad y trazabilidad, además de estar disponible para usuarios y autoridades que la soliciten.
En los fundamentos, el Enacom vinculó la ampliación del régimen con medidas para prevenir, disuadir y neutralizar conductas delictivas intramuros relacionadas con tecnologías de telecomunicaciones. También recordó que el artículo 160 de la Ley 24.660 prohíbe las comunicaciones telefónicas mediante equipos móviles dentro del sistema penitenciario.
La Resolución 734/2026 modificó el artículo 5 del régimen aprobado en 2016, que originalmente estaba destinado al bloqueo de terminales denunciadas por robo, hurto o extravío. Con el cambio, se incorporó la posibilidad de inhabilitar dispositivos usados en cárceles federales y, ahora, en establecimientos provinciales de jurisdicciones adheridas.
La extensión se produjo después de una presentación del Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza ante el Enacom. Según informó Diario Uno, la ministra mendocina Mercedes Rus planteó la necesidad de un respaldo legal para incluir los penales provinciales y Mendoza promovió una licitación pública para plataformas de localización, inhibición selectiva y georreferenciación.
La medida se conoció meses después de la resolución judicial del 21 de febrero de 2026, cuando la jueza Andrea Rodríguez Mentasty ordenó decomisar teléfonos de cuatro detenidos acusados de integrar la Banda del Millón, investigados por el homicidio de una jubilada en San Isidro y señalados como organizadores de robos violentos desde sus celdas.


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